
La seguridad es un elemento fundamental en cualquier comunidad de propietarios, al igual que en cualquier inmueble. Sin embargo, a veces puede ocurrir que para conseguir esta necesaria seguridad se decida la instalación de cámaras de vigilancia.
Las cámaras de vigilancia son un elemento de las comunidades de propietarios muy habitual, ya que se suelen emplear para reforzar la seguridad en el edificio. No obstante, estas cámaras de vigilancia a veces generan controversias entre los inquilinos del edificio.
¿Entonces, es legal instalar cámaras de vigilancia?
Una de las primeras cuestiones que surgen cuando se trata de instalar cámaras de vigilancia es si se puede considerar que es legal hacerlo. Por un lado, se trata de un elemento de seguridad para mejorar la calidad de vida de los inquilinos.
Sin embargo, su instalación puede hacer surgir dudas sobre si pueden atentar contra el derecho a la intimidad de los inquilinos y la seguridad de los demás.
La respuesta a la pregunta sobre si es legal la instalación de cámaras de vigilancia en las comunidades de propietarios sería positiva. Es decir, se trata de una acción legal, pero siempre que se cumplan una serie de requisitos o condiciones.
Requisitos para la instalación de cámaras de vigilancia
Está claro que la instalación de cámaras de vigilancia siempre será algo positivo para los inquilinos de una comunidad porque puede ayudar a mejorar la seguridad. Sin embargo, para que pueda llevarse a cabo y que sea una acción legal es necesario que se tengan en cuenta algunos aspectos que detallamos a continuación.
Consulta con la comunidad
Uno de los primeros aspectos a tener en cuenta es que antes de poder instalar cámaras de vigilancia necesitas el permiso de la comunidad. La Ley de Propiedad Horizontal establece en su artículo 17.3 que se pueden hacer este tipo de instalaciones, entre otras cosas, si se cuenta con el quorum necesario.
El quorum mínimo que establece la ley es de las tres quintas partes de los propietarios. Estos propietarios tendrán que representar las 3/5 partes de las cuotas de participación o bien el 60 %.
Señalizar adecuadamente
Otro aspecto importante a tener en cuenta es que hay que señalizar adecuadamente. Por ello, la ley establece que hay que poner una placa distintiva que haga ver a los propietarios que hay una cámara de vigilancia en la comunidad.
Se trataría de poner un cartel donde se avise a los propietarios de que la zona está videovigilada. Esta placa debe contener una información mínima como puede ser quién o qué empresa ha instalado las cámaras de vigilancia y los datos de la persona ante la que podemos ejercer los derechos que establece la protección de datos. De hecho, hay que indicar ante quién y dónde hay que dirigirse para ejercer estos derechos.
Adicionalmente, es importante que registremos el fichero de videovigilancia en la Agencia Española de Protección de Datos.
Establecer quién puede ver las grabaciones
Se trata de un aspecto muy importante, ya que las grabaciones se hacen para poder consultarlas o bien cuando surge un problema, o bien con cierta frecuencia. Sin embargo, la pregunta que surge es ¿quién puede ver las imágenes de la cámara de vigilancia?
De hecho, será necesario designar a una persona de la comunidad cómo única responsable de consultar las grabaciones de las cámaras. Esta persona tendrá unas claves únicas de acceso para poder ver los vídeos y será la única que pueda hacerlo.
¿Qué zonas se pueden grabar?
También es importante tener claro qué zonas pueden ser grabadas con cámaras de videovigilancia y cuáles no. Es un requisito importante que las únicas imágenes que puede grabarse con estas cámaras sean de zonas comunes.
Estas cámaras no pueden grabar imágenes ni de la vía pública ni de ninguna propiedad privada. Solo podrá grabarse el acceso a las viviendas, pero no el interior. Por ello, es importante el lugar en el que se instalen las cámaras y el enfoque que tengan.
Estos son algunos de los aspectos importantes que debemos considerar para que la instalación de cámaras de vigilancia sea legal y no suponga ningún conflicto ni problema con los inquilinos de la comunidad.
Existe una premisa de que las grabaciones de las cámaras de vigilancia se conserven durante un tiempo determinado. De hecho, se suele establecer que estas imágenes solo se pueden conservar un máximo de 30 días.
No obstante, en los casos en que haya algún acontecimiento se pueden conservar estas imágenes para poder usarlas en un juicio. Cuando se haya producido un robo deben guardarse para poder ser presentadas ante un juez.
Es importante que todas estas normas se cumplan adecuadamente, ya que en caso de incumplimiento la Agencia de Protección de Datos puede imponer multas de diferentes niveles de intensidad en función de las infracciones que se hayan hecho.
Siempre que todas estas condiciones se cumplan adecuadamente no habrá ningún problema en que se instalen cámaras de vigilancia. Se trata de una forma de mejorar la seguridad en un entorno de comunidad de propietarios y cada día más comunidades se preocupan de mejorar la seguridad de sus inquilinos instalando este tipo de dispositivos.
Las cámaras de vigilancia son un elemento diferenciador y pueden llegar a reducir en gran medida los riesgos asociados a robos o incidentes no deseados. No obstante, hay que hacer un uso adecuado y responsable de ellas.
Ten en cuenta que siempre que se respeten las normas será una buena forma de garantizar que el edificio está seguro y protegido.